martes, 19 de noviembre de 2013

REINSERCIÓN SOCIAL Y JUSTICIA

                        La excarcelación de presos comunes muy peligrosos, amén de los consabidos terroristas, a instancias de la famosa sentencia del TEDH de Estrasburgo, está levantando ampollas en la ciudadanía, poniendo de relieve la urgencia de una profunda reforma de la Justicia en nuestro país. Nadie se explica y, si alguien lo hace, nadie lo entiende, que verdaderos monstruos, violadores y asesino en serie, incluso algunos sin ningún tipo de arrepentimiento y, obviamente, sin estar reinsertados ni reeducados para convivir en libertad, condenados a cientos o miles de años de prisión, sean puestos en libertad, incluso antes de cumplir la máxima estancia en prisión establecida en España. Nadie lo puede entender, es imposible. Menos aún quienes sufrieron en sus propias carnes o en las de sus familiares más queridos las consecuencias irreversibles de sus perversas y macabras fechorías.   
            Si, siendo lego en la materia, en uno de mis primeros artículos sobre el tema (“La injusta justicia en España“, nov. 1999), dejaba bien claro lo que, desde mi punto de vista, suponía la aplicación de la justicia en un caso concreto, como era el caso, hoy, tras haber publicado otros muchos artículos sobre diferentes aspectos de la Justicia en España (“Hecha la ley, hecha la trampa”, jul.2006; “Con todos mis respetos, señoría”, nov.2006; “De Juana Chaos o el triunfo de la violencia”, mar.2007; “Justicia y Ley”, may.2007;  “Hasta siempre, Mari Luz”, abr.2008; “El Sancta sanctorum de la farsa”, dic.2008: “Politización de la Justicia”, may.2011; “Dimisión e inhabilitación”, jul.2011; “Menores desprotegidos”, ago.2011; “Cadena perpetua” sep.2012; “Justicia politizada, aberración democrática”, jul.2013; “Delinquir sale barato”, oct.2013; “Doctrina Parot, punto y final” oct.2013; “Claridad sobre la sentencia del TEDH”, oct.2013), sólo puedo ratificar aquella primera sensación. Convencido de que la Justicia española es manifiestamente mejorable y de que no hay salud democrática sin una justicia rápida, segura, eficaz, justa, equilibrada e igual para todos, me veo en la necesidad de reiterar de nuevo la urgencia de implantar en España, como hacen casi todos los socios de la UE, la pena de cadena perpetua revisable, tesis esgrimida en mi reciente artículo “Cadena perpetua” (consultar blog Ojo crítico; sep.2012), aunque incidiendo precisamente en el principio que esgrimen quienes se oponen a la misma, que es la reinserción social del reo.  
            Es contradictorio que España, donde no se contempla la cadena perpetua, frente a la mayoría de estados que si la contempla, sea desautorizada por un tribunal de derechos humanos, y es contradictorio que los detractores de la cadena perpetua argumenten para avalar su tesis que España es ya uno de los países con más años de pena de prisión. Siendo así, curiosamente, muchos de los presos ahora excarcelados seguirían privados de libertad en el resto de países, desde luego en todos los que contemplan la pena de cadena perpetua, sin que ello les haga susceptibles de reproche por los tribunales de derechos humanos. Si tanto España como sus socios entienden (y así lo recogen en sus respectivos ordenamientos jurídicos y en sus constituciones) que en el plano teórico-jurídico la finalidad de las penas privativas de libertad es la de reeducar y reinsertar en la sociedad a quienes han cometido el delito, no es cuestión de imponerle más o menos años de cárcel tras un mínimo razonable, sino de garantizar, especialmente en delincuentes altamente peligrosos, que su puesta en libertad, total o vigilada, dependerá del grado de reeducación y de reinserción que se haya conseguido. Y precisamente la modalidad de pena tasada en un determinado número de años (muchos o pocos), al margen de la aplicación de beneficios penitenciarios o no, jamás garantiza la reinserción, mientras que la cadena perpetua sí lo garantiza, asegurando además que verdaderos monstruos no sean puestos en libertad con la correspondiente alarma social que genera.
            Es demagógico pues un debate sobre la aplicación o no de la doctrina Parot que, obviamente, aplicada con efecto retroactivo vulnera derechos humanos, incluso de estos monstruos, pero que, aplicada o no, sólo consigue la permanencia de los mismos en prisión algún tiempo más, ya que, antes o después, con o sin beneficios penitenciarios, acabarían en libertad de todas formas al agotar sus años de condena por muchos que fueran. Entonces, incluso lo harían quienes, como es el caso ahora, se han negado a reeducarse, y, obviamente, según los técnicos en la materia, no están reinsertados, mientras que con la cadena perpetua, permanecerían privados de libertad hasta su hipotética reinserción.
            Nadie con dos dedos de frente, ni en nombre de cualquier ideología o derecho, puede defender la puesta en liberad de violadores o asesinos en serie, pues aunque la reeducación o reinserción sea la finalidad primordial de la pena de prisión, no es la única finalidad y, lamentablemente, hay monstruos que, porque no pueden o porque no quieren, son irreeducables o irreinsertables, convirtiéndose en bombas de relojería activadas desde el instante en que abandonan la cárcel. Por ello, según todas las encuestas, la inmensa mayoría aplaude la cadena perpetua revisable que, por fin, parece ser que el Ministro de Justicia está dispuesto a implantar en nuestro Código Penal. Es la mejor garantía, no sólo para la seguridad ciudadana, sino también para que recobre sentido la finalidad primordial de reinserción que lleva aparejada la pena de prisión. Es un aval para que la Justicia sea algo más justa, tanto con el reo como con la sociedad en su conjunto. Lo demás es mera demagogia.  
                                   Fdo. Jorge Cremades Sena
                      PD. Cómo este blog sólo existe desde el año 2011, todos los artículos anteriores que cito en este post sobre determinados aspectos de la justicia, los cuelgo en la siguiente entrada que titularé SOBRE LA JUSTICIA EN ESPAÑA. Obviamente los posteriores a 2011 se pueden consultar en este blog.

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