martes, 1 de julio de 2014

IMPUTACIÓN ATÍPICA

                        Es innegable que la imputación de un delito fiscal y otro de blanqueo, que hace el juez Castro a la Infanta Cristina, es, se mire como se mire, radicalmente atípica. Con toda certeza, en las decenas o centenares de casos sobre este tipo de delitos que habrá instruido Castro, o cualquier otro juez con experiencia, no habrán confluido en ninguno de ellos, ni con tamaña intensidad, el interés mediático y político, las correspondientes presiones y especulaciones, la repercusión nacional e internacional, el alto estatus social de los investigados, los apriorismos populares inducidos por demagogias interesadas, y tantas y tantas otras variables que, obviamente, convierten el “caso Nóos”, especialmente en lo concerniente a la Infanta de forma directa, en un caso singular. Y es precisamente en esta singularidad dónde hay que buscar los atípicos comportamientos, tanto del juez instructor como del fiscal, que, a mi juicio, rebasan la lógica discrepancia jurídica, precisamente en la fase instructora del proceso en que, al fin y al cabo, sólo se dilucida, aunque no es poco, si, con las pruebas aportadas, se imputa o no a los encausados algún tipo de delito en esta primera instancia para pasar a la fase de juicio, en que habrá, en todo caso, que demostrarlo o no, en caso de que la siguiente instancia mantenga la imputación.
            De entrada, ni es habitual tan prolijo auto de imputación por parte del juez Castro para argumentar su decisión, ni tan descalificador recurso por parte del fiscal Horrach para oponerse a la decisión del juez, excediendo ambos el estricto y habitual ámbito argumental jurídico. Máxime si ya, en la anterior imputación de Castro a la Infanta, desestimada por la Audiencia de Palma en su momento, la refriega dialéctica pública entre ambos fue de tan alta tensión y con tamañas descalificaciones que parecía imposible que ahora se repitiese e incluso se superase. Tanto Castro como  Horrach tienen un prestigio suficiente, como para no entender su protagonismo en un espectáculo que, en definitiva, deteriora la escasa credibilidad que los ciudadanos tienen en la justicia. Pero si el comportamiento de juez y fiscal es atípico, más atípico es el debate especulativo mediático y callejero que, en definitiva, condena “a priori” a la Infanta antes de que la Audiencia de Palma ratifique o no la imputación que le hace Castro, sin tener en cuenta que, según los expertos, es difícil imputar un delito fiscal con informes contrarios de Hacienda y complicado demostrar el de blanqueo de capitales, que requiere un conocimiento previo del origen fraudulento de los fondos, concluyendo que, en todo caso, con las pruebas aportadas, hubiese sido más adecuado imputarle otro tipo de delitos como puede ser el de enriquecimiento indebido.
            En todo caso, para la inmensa mayoría de la gente, lo que menos importa ya es la demostración o no de los delitos imputados a la Infanta. “Ha mentido”, dicen unos. “¿Es que era tonta?”, preguntan otros, tras su declaración judicial, basada en “no sabe, no contesta”, olvidando que son estrategias y derechos de la defensa legales que todos utilizan habitualmente. Pero, convencidos todos de su culpabilidad real, que no jurídica, mientras exigen igualdad de la ley, niegan a la Infanta igualdad en su defensa, olvidando que, al final, la verdad real no coincide muchas veces con la verdad jurídica, que ha de demostrar fehacientemente un tribunal. Por lo visto, en este caso no, pues, si Hacienda no acredita documentalmente la categoría de delito de fraude, es que miente, aunque nadie le exija responsabilidades, ni a Hacienda, ni a las autoridades que permitieron a Urdangarín todo tipo de tropelías simplemente por ser “vos quien sois” saltándose la legalidad a la torera. Si el fiscal, en su papel de defender la legalidad, discrepa del juez, es que está vendido en vez de estar cumpliendo con su obligación o si el juez la imputa es por razones interesadas. Y así tantos otros detalles atípicos en cualquier otro procedimiento normal y corriente. Es el absurdo maniqueísmo popular, inducido y alimentado por claros intereses políticos.
            Y para colmo Horrach, en su atípico celo por ejercer su responsabilidad, rebasa todos los límites señalando prácticamente en su recurso conductas delictivas del juez al considerar que “cuando el puerto de destino está determinado antes de iniciar la investigación, basado en meras conjeturas, contamina de tal forma la marcha exploratoria que la convierte en un itinerario inamovible, en el cual los parámetros de imparcialidad, objetividad y congruencia que deben presidir cualquier actuación judicial quedan relegados”. Si añade que la instrucción está “presidida por un credo y no por la sana guía de la duda”, con alguna deducción que “no ostenta ni la categoría de simple sospecha”, y manifiesta que “no es que la imputada sea evasiva sino que no dice lo que el instructor quiere oír” y que “ante la falta de nuevos datos que contradigan o desvirtúen lo que en el año 2012 manifestó el instructor, cabe preguntarnos a qué se debe este cambio de criterio tan radical, por qué lo que era blanco y transparente en el año 2012 muta a oscuro y con tintes criminales en el año 2014”, es obvio que, al margen de lo que se resuelva sobre la Infanta, a quienes debiera procesarse es, bien al juez Castro por prevaricación, bien el fiscal Horrach por injurias y calumnias. Castro le insta a que le denuncie por prevaricación, Horrach no lo hace. Ambos, teniendo la posibilidad de recurrir a la Justicia, prefieren mantenerse en el peor de los escenarios para hacer creíble la Justicia, con mayúsculas, a la ya bastante manipulada opinión pública. Por tanto, se decida lo que se decida sobre la Infanta, quien realmente ya ha perdido es la Justicia.

                                   Fdo. Jorge Cremades Sena

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